PASO: los efectivos de las fuerzas de seguridad podrán votar en las mesas que custodian

Al momento de emitir su voto, el presidente de mesa deberá recordarles que sólo puede hacerlo por la categoría Presidente.

(Archivo)
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Los efectivos de las fuerzas de seguridad que presten servicio para el Comando General Electoral de las elecciones primarias del domingo próximo, podrán votar en los establecimientos a los que sean asignados para su custodia el día de las elecciones sin importar si se trata de la misma jurisdicción en la que tienen domicilio.

Según informó el Ministerio de Seguridad, desde el Comando General Electoral, el Ministerio de Seguridad de la Nación, el Ministerio del Interior y demás organismos a cargo del acto electoral sugirieron cambios a la reglamentación y procedimiento vigentes, y la Cámara Nacional Electoral (CNE) dio lugar al pedido.

Si bien el llamado "Voto Comando" había sido incorporado para las elecciones de 2015, este año el Gobierno Nacional le pidió a la CNE que los agentes no tuvieran restricciones derivadas del distrito de su domicilio, teniendo en cuenta que en estos comicios se eligen categorías que consideran al territorio nacional como distrito único.

A través de la Acordada 32/2019, la CNE habilitó la incorporación al padrón complementario del personal subordinado al Comando General Electoral "para las categorías electivas que consideran al territorio nacional como distrito único", en este caso a Presidente de la Nación.

urna electoral
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"Los agentes de las fuerzas federales subordinados al Comando General Electoral 'siempre que estén agregados al padrón complementario preimpreso- se encontrarán facultados a emitir su voto para el caso de las categorías que toman al territorio nacional como "distrito único", sin importar el lugar de empadronamiento según su domicilio", sostuvo el organismo en la acordada publicada mayo pasado que modifica a la 79/2015.

Hasta el momento, los efectivos de las Fuerzas Armadas, Fuerzas Federales y Fuerzas Provinciales no podían ejercer el derecho a votar por estar designados los días de elección en domicilios lejanos al que figura en su DNI.

Tras la medida, las fuerzas de seguridad podrán votar presentando únicamente ese documento y, al momento de emitir su voto, el presidente de mesa deberá recordarles que sólo puede hacerlo por la categoría Presidente.

Por la corresponsalía de Buenos Aires.