Se publicó el decreto que extiende la cuarentena: las localidades en aislamiento y la apertura de fronteras

La normativa fue publicada este lunes en el Boletín Oficial, que deberá cumplirse hasta el 8 de noviembre.

Apertura de Shoppings en la Ciudad de Buenos Aires. (Foto: Clarín)
Apertura de Shoppings en la Ciudad de Buenos Aires. (Foto: Clarín)

Este lunes se publicó el nuevo decreto que extiende la cuarentena por coronavirus hasta el 8 de noviembre en la Argentina. Las novedades se encuentran en la lista de localidades que deberán cumplir el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) y la autorización para reabrir las fronteras para la temporada turística.

El decreto 814/2020 indica que son siete las provincias autorizadas a funcionar en una modalidad más laxa que el aislamiento y con más actividades permitidas: Catamarca, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Misiones y Jujuy.

Decreto 814/2020 by Esteban Gaitan

Con respecto al ASPO, sigue comprendida en su totalidad la Ciudad de Buenos Aires y los 35 partidos bonaerenses del AMBA, pero también se suman nueve departamentos de la Provincia de Buenos Aires.

El listado de zonas en aislamiento

Ciudad de Buenos Aires

Provincia de Buenos Aires: departamentos de General Pueyrredón, Bahía Blanca, San Nicolás, Capitán Sarmiento, General Belgrano, General Madariaga, Laprida, Pila, Pinamar, Saladillo, San Cayetano, Tordillo y Tandil, además de los 35 partidos del AMBA.

Chaco: departamentos de San Fernando, Comandante Fernández, Mayor Luis Jorge Fontana y Chacabuco

Córdoba: departamentos de Capital, Santa María, Punilla, Colón, Tercero Arriba y General San Martín

Chubut: Biedma, Escalante, Rawson, Gaiman y Sarmiento; La Rioja: Chilecito (ya no Capital)

Mendoza: departamentos de Capital, Luján de Cuyo, Las Heras, Maipú, Guaymallén, Godoy Cruz, Tunuyán y Tupungato

Neuquén: aglomerados de las ciudades de Neuquén, Plottier, Centenario, Senillosa, Cutral Có, Plaza Huincul y Zapala

Río Negro: aglomerados de las ciudades de Bariloche y Dina Huapi y los departamentos de General Roca y Adolfo Alsina

Salta: Capital (ya no Cerrillos, Rosario de Lerma, General Güemes y La Caldera)

San Juan: Rawson y Capital

San Luis: Capital y General Pedernera

Santa Cruz: aglomerados de la Ciudad de Río Gallegos, El Calafate, Puerto Deseado y Caleta Olivia

Santa Fe: Rosario, La Capital, General López, Caseros, Constitución, San Lorenzo, Las Colonias y Castellanos

Santiago del Estero: Capital y La Banda

Tierra del Fuego: Río Grande

Tucumán: Capital.

Reapertura de fronteras

A su vez, el decreto prorroga la prohibición de ingreso al país para extranjeros no residentes pero permite la llegada de turistas de países limítrofes en la temporada de verano.

Los permisos que se otorguen tendrán el objetivo de "atender circunstancias de necesidad" y de poner en práctica el desarrollo de "actividades especialmente autorizadas" por la Jefatura de Gabinete.

Ministro de Turismo de la Nación, Matias Lammens.
Ministro de Turismo de la Nación, Matias Lammens.

"Estamos pensando en que puedan volver a ingresar turistas extranjeros de países limítrofes, de Uruguay, Paraguay, Brasil, Bolivia y Chile. Hemos trabajado toda la semana con el ministerio de Salud para poner las condiciones para que esto pueda suceder", manifestó Matías Lammens, ministro de Turismo y Deporte.

El protocolo consistiría en dar negativo en el test de covid-19, sin cumplimiento de los catorce días de confinamiento obligatorio.