Notificarán al que venda un auto cuando el comprador no realice la transferencia

Será vía correo electrónico y a los 30 días. Habrá que realizar la denuncia de Venta. La resolución fue publicada en el Boletín Oficial. 

Concesionaria de autos
Concesionaria de autos

La Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor empezará a notificarles por mail a los vendedores de vehículos en caso de que el comprador no complete la transferencia, el último paso obligatorio de cualquier compraventa. Se trata de una medida para que quien presentó la denuncia de Venta pueda tener un seguimiento del trámite para evitar responsabilidades una vez que el auto ya no le pertenezca.

La Resolución 5-E/2017 fue publicada en el Boletín Oficial de la Nación.  Pero, el problema es el siguiente: cuando una persona vende un vehículo, en general presenta la denuncia de venta. Es un trámite personal y sencillo que se hace en la sede del Registro de la Propiedad Automotor donde está radicado el auto.

Pero este trámite, que hace sólo el vendedor, no es definitivo. El cambio de manos del vehículo se completa recién cuando se hace la transferencia, que es el equivalente a la escritura de un inmueble.

¿Qué pasará a partir de ahora?

Cuando una persona presente la denuncia de venta se contarán 30 días corridos, y si no se completa la Transferencia libraremos una notificación a las policías de todo el país para que el vehículo no pueda seguir circulando. En ese momento, automáticamente el denunciante recibirá un mail avisándole.

Guía de trámites

Denuncia de Venta:

Es un trámite personal que puede hacer sólo el vendedor. Debe ir a la sede del Registro Automotor donde esté radicado el auto, y presentar el DNI y datos del vendedor y del comprador, el número de patente del auto y el lugar y fecha de la compraventa. Cuesta $ 90 más otros gastos administrativos. El trámite se puede iniciar vía web, ingresando a www.dnrpa.gov.ar, en el apartado "Trámites Online".

Transferencia: Es el último trámite y cumplirlo es un requisito obligatorio. Tiene un valor legal similar al de la escritura de un inmueble. Deben presentarse ambas partes. Cuesta el 1,5% del valor de mercado del auto más gastos administrativos.

Qué hay que presentar

DNI del vendedor (y su cónyuge si tuviera) y del comprador.

Certificado 08.

Certificado CETA que se tramita ante la AFIP.

CUIT o CUIL del comprador.

Cédula Verde y título del auto.

Verificación realizada en la planta de la policía ( es el llamado formulario 12).

Comprobantes de pago de Patentes.

Para ambos trámites, la DNRPA ofrece la chance de pedir turnos online a través de su sitio web.