Alejandro Fargosi: "No contradice el Código Penal y limita a los jueces"

Abogado, ex integrante del Consejo de la Magistratura.

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El nuevo reglamento para el accionar de las fuerzas federales de seguridad no es distinto a lo que ya está escrito en las Naciones Unidas (ONU) o en la Organización de los Estados Americanos (OEA).

El sentido es idéntico. Y de alguna manera, subyace de una forma más telegráfica en el Código Penal: en el artículo 34, cuando habla de las causales de inimputabilidad y plantea que no es punible quien esté obrando en virtud de su cargo o de sus obligaciones laborales.

Este reglamento, aparte de ser una suma de obviedades que dicta el sentido común, y que desgraciadamente las tenemos que formalizar porque parecería que el sentido común se evaporó, creo que es un instructivo claro como mensaje para las fuerzas de seguridad.

Lo lógico es que se dicte este reglamento y aplaudo a la ministra Patricia Bullrich porque de alguna manera esta medida es, sobre todo, para que las propias fuerzas de seguridad tengan en claro que, cuando deban enfrentar desgraciadamente la acción de la ley, porque han cometido un acto legal, tendrán herramientas para defenderse.

Esto no contradice en lo más mínimo al Código Penal y ni siquiera limita a los jueces. Esto no implica un menoscabo de las funciones judiciales, es un instructivo para que los integrantes de las fuerzas de seguridad sepan cómo manejarse cuando arriesgan sus propias vidas para protegernos.