Jubilaciones: unas 150 mil personas podrían beneficiarse con el fallo de la Corte

El fallo beneficia a un universo de alrededor de ocho mil jubilados, cuyas demandas ya llegaron a la Corte, pero se podría ampliar.

Jubilaciones: unas 150 mil personas podrían beneficiarse con el fallo de la Corte.
Jubilaciones: unas 150 mil personas podrían beneficiarse con el fallo de la Corte.

En un fallo de cuatro votos contra uno, la Corte Suprema de Justicia ratificó que las jubilaciones deben actualizarse según el ISBIC (Indice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción).

De esta manera, y en contra de lo sostenido por el Poder Ejecutivo, para el máximo tribunal de justicia del país la actualización de los ingresos jubilatorios debe hacerse con el índice más beneficioso para los jubilados.

Con este fallo, la Corte sienta jurisprudencia para miles de juicios que aguardan una sentencia en reclamo de la actualización jubilatoria: en lo inmediato, el fallo beneficiará a un universo de alrededor de ocho mil jubilados, cuyas demandas ya llegaron a la Corte, aunque esto podría ampliarse a otros 150 mil juicios que aún están bajo la revisión de tribunales inferiores.

“La Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronunció sobre el índice que debe aplicarse para la actualización de las jubilaciones, sentando un criterio que deberá ser aplicado de inmediato a las causas judiciales en trámite”, dijo el Centro de Información Judicial.

La controversia judicial saldada ayer por la Corte, se remonta a la presentación Lucio Blanco, quien se jubiló en 2003 bajo la ley 24.241 (de 1993), y había demandado a la ANSES en reclamo de una recomposición de sus haberes bajo el ISBIC, indicador remplazado a partir de la "Ley de Reparación Histórica", una iniciativa de Cambiemos votada por el Congreso Nacional en 2016.

Conocido el fallo, el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne dio su opinión a la prensa: "Esperábamos un fallo así", dijo el ministro a la vez que estimó el costo fiscal anual en unos 700 millones de pesos. Pese a que fuentes judiciales dijeron a este diario que existen alrededor de 8 mil demandas en la Corte, Dujovne habló de unas "doce mil".

El cálculo de la movilidad jubilatoria, previo a la “Ley de Reparación Histórica”, se fijaba en base al ISBIC, el martes ratificado por la Corte. Esto implica un duro revés para el gobierno, que había impulsado la utilización, por medio de resoluciones de la ANSES, del indicador RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables). La aplicación del RIPTE para casos de actualización de haberes jubilatorios fue declarada inconstitucional.

Según los especialistas previsionales, al imponer el gobierno el indicador RIPTE por sobre el ISBIC, los haberes jubilatorios resultaban entre un 20 y un 50% inferiores.

Al amparo de esta decisión de la Corte, se espera que también surjan reclamos de aquellos que se jubilaron ya con sus haberes actualizados por el indicador RIPTE.

Los ministros Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti (para algunos, el "ala política" de la Corte), en un voto en conjunto, "confirmaron la aplicación del caso 'Elliff', del año 2009, que estableció que las remuneraciones consideradas para el cálculo de las jubilaciones debían actualizarse por el ISBIC", informó el Centro de Información Judicial.

La ministra Elena Highton de Nolasco también falló a favor de la demanda del jubilado Blanco, pero, a diferencia de sus pares, circunscribió los efectos a este caso concreto, sin abrir una puerta (ni cerrarla tampoco) a otras demandas.

En disidencia (y nuevamente en soledad), votó el presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz para quien el Poder Ejecutivo, a través de la ANSES y las áreas de Seguridad Social, puede fijar el índice de actualización.

“A lo largo de nuestra historia, el Congreso en ocasiones fijó un índice y en otras ocasiones lo dejó en manos del poder reglamentario de la Administración. En efecto, el Congreso no se reservó ninguna facultad de fijar el índice”, sostuvo Rosenkrantz.

En el fallo de 58 páginas, la Corte ordenó al Congreso de la Nación que "fije un indicador para la actualización de los salarios computables para el cálculo del haber inicial en el período 1995-2008, ratificando que, hasta que ello ocurra, esa actualización se hará por aplicación del citado ISBIC".

“Esta ratificación es una derrota muy significativa y previsible del Gobierno y de la ANSES, que fue el organismo que representó al Estado en la demanda”, dijo Eugenio Semino, Defensor porteño de la Tercera Edad.

Semino, en charla con la prensa, hizo también una aclaración: “El colectivo de jubilados son 7 millones, pero quienes están relacionados con este fallo de forma directa son los que ya llegaron a la Corte (entre siete y nueve mil casos) y luego los 150 mil restantes que ya están en juicio al no haber aceptado la reparación histórica”, dijo el funcionario.

El Gobierno nacional dispuso de unos casi 35 mil millones de pesos en el Presupuesto 2019 para pagar unas 40 mil sentencias judiciales.