Compra de alimentos con sobreprecios: la Justicia sobreseyó al ministro de Desarrollo, Daniel Arroyo

El juez federal Sebastián Casanello consideró que no hubo delito. También se beneficiaron otros 15 denunciados en la causa.

Daniel Arroyo, ministro de Desarrollo Social.
Daniel Arroyo, ministro de Desarrollo Social. Foto: Clarín

El ministro de Desarrollo Social, Daniel Arroyo, fue sobreseído por el juez federal Sebastián Casanello en la causa por presuntos sobreprecios en compras de alimentos durante la pandemia de coronavirus. La Justicia consideró que no hubo delito.

El fiscal federal Guillermo Marijuán descartó que hayan existido sobreprecios en compras de alimentos durante la pandemia. Así, dictaminó a favor del sobreseimiento del ministro Arroyo y otros 15 denunciados en la causa.

Daniel Arroyo durante una visita a Misiones
Daniel Arroyo durante una visita a Misiones Foto: Ministerio de Gobierno

“De un análisis de las contrataciones por emergencia objeto de investigación y el resultado de las diligencias adoptadas durante la instrucción del sumario, esta parte no advierte la comisión de conducta ilícita alguna por parte de los funcionarios del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y los responsables de las empresas jurídicas intervinientes”, concluyó el fiscal.

La denuncia había sido presentada el 20 de abril del año pasado por el titular de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas, Sergio Rodríguez, para que se investigaran posibles irregularidades en contrataciones directas por emergencia autorizadas por el Ministerio de Desarrollo Social.

Las compras cuestionadas fueron de aceite comestible, fideos, azúcar, lentejas y arroz, tramitadas en cinco expedientes.

Las contrataciones se hicieron por un total de 543.408.400 pesos y en la denuncia la PIA sostuvo que habrían sido adjudicadas a “un grupo reducido de empresas” que “en su mayoría- cotizaron por encima del precio testigo proporcionado por la Sindicatura General de la Nación”

Pero la fiscalía sostuvo que a través de diversa prueba ordenada “se documentó " el funcionamiento de las sociedades referenciadas, tratándose en algunas de ellas de depósitos, oficinas comerciales o viviendas vinculadas con las firmas”.

Además se informó a la fiscalía “que el precio fijado correspondía al valor medio de mercados mayoristas y distribuidoras para cada producto, todo ello calculándose con las condiciones de contratación previstas en el Pliego de Bases y Condiciones”.

Con información de Télam.