Edenor y Edesur no podrán cortar el servicio a usuarios con deudas acumuladas en el último año

Así lo dispuso el Ente Regulador de Electricidad en la Resolución 58/2021 publicada este martes en el Boletín Oficial.

Edenor (REUTERS/Marcos Brindicci)
Edenor (REUTERS/Marcos Brindicci)

El Ente Regulador de Electricidad (ENRE) dispuso una prórroga a la medida que prohibe a Edenor y Edesur cortar el servicio a los usuarios que tengan deudas previas al 28 de febrero que se hayan originado o agravado durante la cuarentena de la pandemia de coronavirus.

Así se expresa en la Resolución 58/2021, publicada este martes en el Boletín Oficial. El ENRE, intervenido y a cargo de María Soledad Manin, instruye a Edenor y Edesur a que “se abstengan de suspender el suministro a aquellas personas usuarias” que tengan deuda originadas por las restricciones adoptadas desde marzo de 2020.

Edenor
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La Resolución también dispone que las empresas deberán informar el monto de la deuda al 31 de diciembre del 2020, y de las deudas que se originaron entre el 1 de enero y el 28 de febrero del 2021, para que puedan ser percibidos conforme a las pautas que establezca, oportunamente, el Ente Regulador.

Asimismo, a fin de que las personas usuarias puedan abonar los consumos actuales evitando incurrir en nuevas deudas, se instruyó a las concesionarias a que, a partir de la publicación de la medida, emitan la liquidación de servicio público incluyendo únicamente los importes correspondientes a los consumos del período, la carga impositiva y, si corresponde, las cargas municipales.

Esta decisión busca “velar por la continuidad, universalidad y accesibilidad del servicio público de distribución eléctrica, ponderando la realidad socioeconómica de las personas usuarias”, expresó el ENRE.

“Del mismo modo, tiende a evitar la exclusión de numerosas personas usuarias de los servicios públicos de energía eléctrica, lo cual significaría un agravamiento del perjuicio social producido por la pandemia”, concluyó el organismo.

Con información de Télam.