Santa Cruz Protege: recuerdan requisitos para acceder al programa ATC y Aportes No Reintegrables

El Plan se origina desde el gobierno de Santa Cruz con el objetivo de mantener las fuentes de empleo.

El Plan Santa Cruz Protege se origina desde el gobierno de Santa Cruz con el objetivo de mantener las fuentes de empleo y procurar el sostenimiento de la actividad comercial y turística de la provincia.

Plan Santa Cruz Protege.
Plan Santa Cruz Protege.

De esta manera, el plan se encuentra vigente desde el 16 de agosto pasado, en el marco de la actual situación epidemiológica por la pandemia de Covid-19, y por ello se recordaron los detalles y requisitos para acceder al programa Asistencia al Trabajo y Comercios (ATC) y el otorgamiento de Aportes No Reintegrables.

Tanto el programa Asistencia al Trabajo y Comercios (ATC) y el otorgamiento de Aportes No Reintegrables se encuentra destinado a trabajadores y empleadores de la actividad comercial y de servicios con el firme propósito de mantener las fuentes de trabajo y el sustento del sector productivo y comercial.

Santa Cruz Protege se encuentra destinado a trabajadores del sector comercial y servicios y/o monotributistas domiciliados en la provincia de Santa Cruz.

El ATC consiste en el pago de una suma mensual equivalente al valor del salario mínimo, vital y móvil al trabajador del sector comercial y servicios y/o monotributistas afectados por el “aislamiento, social, preventivo y obligatorio”, dejándose establecido que el programa creado alcanza también a trabajadores de empresas y/o agencias destinadas a la actividad turística radicada en toda la provincia, mientras persista la expresa prohibición del desarrollo de dicha actividad.

Plan Santa Cruz Protege.
Plan Santa Cruz Protege.

Requisitos

Para empresas de servicio comercial y servicios: Nota de solicitud de incorporación al programa, cuyo formulario obra en el sitio web oficial del gobierno de Santa Cruz.

Fotocopia del Documento Nacional de Identidad - DNI del trabajador.

Constancia de CUIL - CUIT de cada trabajador.

Constancia de inscripción en Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP).

Formulario 931 AFIP actualizado a la fecha- Alta del Trabajador.

Comprobante electrónico de la de Clave Bancaria Única (CBU) de cada trabajador, donde conste los datos del titular de la cuenta, quien deberá ser quien perciba la asistencia.

Constancia de habilitación municipal actualizada.

Constancia de Certificación negativa ANSES de cada trabajador.

Constancia de inscripción en AFIP- acreditando domicilio fiscal en la provincia de Santa Cruz.

Declaración jurada de la empresa (Anexo I): en la que deberá declarar no estar comprendido en las actividades habilitadas en los términos de los artículos 12 y 13 del DNU N 677/20, y no encontrarse beneficiados por otros programas de asistencia nacionales o municipales.

Declaración jurada de cada trabajador (Anexo II): en la que deberá declarar que no desempeña funciones en los distintos estamentos en el orden Nacional, Provincial o Municipal y/o encontrarse beneficiados por otros programas de asistencia nacionales o municipales.

Plan Santa Cruz Protege.
Plan Santa Cruz Protege.

Para monotributistas: Constancia de inscripción al régimen de monotributo (acreditando domicilio fiscal en la provincia de Santa Cruz).

Fotocopia del Documento Nacional de Identidad – DNI.

Constancia de CUIL- CUIT.

Constancia de inscripción en Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP) Declaración jurada (Anexo 3): en la que deberá declarar no estar comprendido en las actividades habilitadas en los términos de los artículos 12 y 13 del DNU N 677/20, no encontrarse beneficiados por otros programas de asistencia nacional o municipal, que no desempeña funciones en los distintos estamentos en el orden nacional, provincial o Municipal y ser residente de la provincia de Santa Cruz con residencia no menor a 3 años en la provincia.

Comprobante electrónico de la Clave Bancaria Única (CBU) dónde conste los datos del titular de la cuenta, quien deberá ser el que perciba la prestación Constancia de Certificación negativa ANSES Para trabajadores de empresas y/o agencias destinadas a la actividad turística: La solicitud de acceso al programa deberá ser iniciado a través de la Secretaria de Estado de Turismo en las Oficinas Municipales de Turismo, pertenecientes a cada localidad, quien remitirá la documentación pertinente y la certificación correspondiente.

Los requisitos a presentar corresponden a los solicitados a empresas y/o monotributistas según corresponde el domicilio fiscal en este caso deberá ser acreditado de acuerdo a la localidad que pertenece dentro del territorio provincial.

Alicia Kirchner, gobernadora de Santa Cruz.
Alicia Kirchner, gobernadora de Santa Cruz.

Plazo

El plazo máximo de la presentación de los requisitos establecidos será el último día hábil de mes, mientras subsista el aislamiento social, preventivo y obligatorio, la documentación deberá presentarse en formato digital al correo electrónico santacruzprotege@gmail.com y en formato papel en la sede central del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la provincia sito en calle Rawson N° 37.

En el caso de trabajadores y/o agencias destinadas a la actividad turística radicada en toda la provincia, será el último día hábil del mes mientras subsista la expresa prohibición del desarrollo de dicha actividad; la documentación deberá presentarse en la oficina de turismo de la localidad que corresponda.