Veda por elecciones: que se permite y que no durante la misma

El municipio de Comodoro Rivadavia emitió un comunicado en donde se da a conocer la normativa vigente durante el lapso. 

Imagen iuistrativa
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La Municipalidad de Comodoro Rivadavia, a través de la Dirección de Habilitaciones Comerciales, dependiente de la Subsecretaría de Fiscalización; comunica a los comerciantes y comunidad en general que, en virtud de realizarse las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) el próximo domingo 7 de abril del corriente año, quedan prohibidos los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados; fiestas teatrales; deportivas y de toda clase de reuniones públicas que no refieran al acto electoral Ley N°19.945, Art. 71- inc. b y c.

Rige la veda electoral.
Rige la veda electoral.

Asimismo, queda terminantemente prohibido la venta y consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública y en vehículos, así como su venta ambulante a partir del día sábado 6 de abril, desde las 20 horas hasta el domingo 7, a las 21 horas, según Código Electoral y Ordenanza Municipal N° 8787/06.

Algunos comercios no pueden abrir y no se puede vender bebidas alcohólicas.
Algunos comercios no pueden abrir y no se puede vender bebidas alcohólicas.

Cierre y apertura de locales En relación a horarios, el día sábado 6 de abril, los restaurantes y confiterías bailables tendrán su cierre a las 00 horas, mientras que, su apertura será una vez concluido el acto electoral, a partir de las 20 horas del día domingo 7 de abril. Su incumplimiento dará lugar a las sanciones previstas en Ordenanzas Vigentes (Multa/Clausura).