Industriales de Córdoba piden revisar proyecto de concursos y quiebras que debatirá el Senado

Consideran que la protección debe incluir "todas las empresas en situación crítica, más allá del impacto de la pandemia".

El programa lo realiza el Instituto de Desarrollo Industrial, Tecnológico y de Servicios.
El programa lo realiza el Instituto de Desarrollo Industrial, Tecnológico y de Servicios.

La Unión Industrial de Córdoba (UIC) planteó este martes la necesidad de "revisar" el proyecto de ley sobre concursos y quiebras que, luego de la media sanción de Diputados, espera tratamiento en el Senado, al sostener que la norma debe tener como premisa la "protección y la inclusión de todas las empresas en situación crítica, más allá del impacto de la pandemia".

La dirigencia de la UIC, mediante un comunicado, sostuvo que su pedido apunta a "salvaguardar la fuente de producción y trabajo".

La entidad fabril señaló que el proyecto de ley que impulsa el Gobierno nacional "suspende los concursos preventivos y de quiebras únicamente a las empresas impactadas económicamente en el marco de la cuarentena (de coronavirus), quedando ajenas las que iniciaron dicho proceso con anterioridad".

Asimismo, añaden que la idea original de esta medida es rescatar aquellas cuya situación es límite, sabiendo que las que iniciaron el proceso de concurso antes del 20 de marzo no están en mejores condiciones.

También destacaron que la entidad conoce la situación del sector productivo, analizado no solo por los efectos de la pandemia, sino inmerso en "un país que hace nueve años que no crece y lleva más de dos años y medio de profunda recesión, sumado a la caída de la actividad industrial y sin acceso al financiamiento, que esta cuarentena agravó el estado de abismo".

El denominado "Proyecto de Ley de Sostenimiento de la Actividad Económica en el Marco de la Emergencia Sanitaria Pública Coronavirus Covid-19, Emergencia para Procesos de Concursos Preventivos y Quiebras", entre sus principales puntos, extiende hasta el 30 de junio de 2021 el plazo de emergencia para suspender los procesos de concursos preventivos y quiebras, con excepciones, con alcances para los trámites que se hayan iniciado desde la declaración de la emergencia sanitaria por parte del Poder Ejecutivo Nacional.