Elecciones: la Suprema Corte definió que no se podrán presentar cuatro intendentes del PJ

Rechazó el pedido de inconstitucionalidad contra el Decreto 2010/18, del gobernador Alfredo Cornejo.

Alfredo Cornejo y el presidente de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, Jorge Nanclares.
Alfredo Cornejo y el presidente de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, Jorge Nanclares.

Este viernes, la Suprema Corte rechazó el pedido de inconstitucionalidad contra el Decreto 2010/18, del gobernador Alfredo Cornejo, sobre la enmienda constitucional del artículo 198.

En fallo dividido, 4 a 3, el organismo se expidió en favor del planteo del oficialismo.

Jorge Nanclares, Dalmiro Garay, Pedro Llorente, y José Valerio consideran constitucional el Decreto 2010/18, mientras que Mario Adaro, Julio Gómez, Omar Palermo se pronunciaron en contra.

Roberto Righi (Lavalle), Emir Feliz (San Rafael), Jorge Giménez (San Martín), Martín Aveiro (Lavalle).
Roberto Righi (Lavalle), Emir Feliz (San Rafael), Jorge Giménez (San Martín), Martín Aveiro (Lavalle).

De esta manera, los intendentes peronistas Emir Félix (San Rafael), Jorge Giménez (San Martín), Martín Aveiro (Tunuyán) y Roberto Righi (Lavalle) sufren un revés judicial y no podrán presentarse como candidatos a intendentes en los próximos mandatos.

Quedan exceptuados de los comicios a celebrarse el 1 de septiembre dado que la Sala II de la Suprema Corte dio lugar a una medida cautelar presentada por los jefes comunales.