Oficializaron los nuevos horarios de atención para los comercios mendocinos

El gobernador Rodolfo Suarez firmó el decreto con el que rigen los cambios en los horarios de atención.

Restaurantes y bares mendoza. Foto: El Sol.
Restaurantes y bares mendoza. Foto: El Sol.

El Gobierno de Mendoza oficializó a través del Decreto 1190, firmado por el gobernador Rodolfo Suarez, nuevos horarios de atención para los comercios de toda la provincia.

Los intendentes de cada municipio de la provincia podrán realizar los ajustes que estimen pertinentes para cada rubro, dentro de los rangos horarios habilitados.

"En todos los casos, deberá respetarse la extensión de la prestación horaria de los trabajadores para cada una de las actividades, de conformidad con lo dispuesto por la normativa vigente", explicaron.

Además, habilitaron las ceremonias religiosas con una concurrencia máxima de treinta personas en templos reglamentariamente autorizados a tal fin.

Nuevos horarios de atención 

- Comercio en general: de 8 a 21.

- Supermercados mayoristas y minoristas: de 8 a 21.

- Centros comerciales, malls y shopping center, de 10 a 23. En su interior, las tiendas comerciales en general de 10 a 21; y hasta las 23 confiterías y restaurantes ya sea que estén en su interior o que tengan salida a la vía pública.

Mantienen sus horarios 

- Los restaurantes y cafés mantienen su horario de 7 a 23.

- Las farmacias podrán atender en su horario habitual y con los turnos habilitados por la autoridad de aplicación.

-Expendio de combustible sin límites de horario.

-Reparto a domicilio (delivery), de domingos a jueves de 7 a 23, viernes y sábados de 7 a 24.

-Gimnasios en Gran Mendoza es de 7 a 20. Decreto 1078- Art 2º d.

• Administración pública, de 9 a 18.

Capacidad de atención

En el Decreto también se establece que los restaurantes y cafés, podrán funcionar en modalidad presencial con un límite de seis personas por mesa y hasta un máximo equivalente al cincuenta por ciento del factor de ocupación habilitado.

Las mesas dispuestas en el interior de los salones como al aire libre, sólo podrán colocarse en espacios debidamente habilitados por disposición de la autoridad competente, anterior al 31 de agosto de 2020.

"No podrán habilitarse nuevos espacios a los ya otorgados. En caso de patios o espacios internos, deberán demarcar adecuadamente las circulaciones para evitar el entrecruzamiento de clientes que ingresan o se retiran. Podrán funcionar, en todos los casos, bajo la modalidad de delivery y "pase y lleve".

Suarez Extiende La Atención... by Maxi Quinteros