Mendoza tendrá nuevas habilitaciones previo a las fiestas

El gobierno provincial oficializará las nuevas flexibilizaciones este miércoles. Se podrán hacer reuniones al aire libre con un máximo de 250 personas. Esto dice el Decreto.

Mendoza oficializará las nuevas flexibilizaciones este miércoles
Mendoza oficializará las nuevas flexibilizaciones este miércoles Foto: Calendarr

El Gobierno de Mendoza autorizará, a partir de este miércoles la ampliación del horario de circulación en la vía pública, los horarios de atención en comercios y la realización de eventos al aire libre. Las nuevas flexibilizaciones estarán publicadas en el Boletín Oficial.

“En la etapa de distanciamiento social, preventivo y obligatorio que rige en la provincia de Mendoza, el esfuerzo de los ciudadanos y al respeto por los protocolos sanitarios, han logrado una importante disminución en los contagios, durante las últimas semanas. En este sentido, el gobernador Rodolfo Suarez establece nuevas habilitaciones para todo el territorio provincial, a través de un nuevo Decreto que saldrá en el Boletín Oficial este miércoles”, remarca el comunicado oficial.

Ampliación de horario de circulación y atención en los comercios: con esta medida intentan evitar la aglomeración de personas, sobre todo en los próximos días festivos.

Los puntos confirmados

  • Desde este miércoles, en Mendoza no hay restricciones de horarios para circular en la vía pública.
  • La nueva norma establece que podrán adaptarse horarios para cada actividad conforme con las disposiciones municipales y normativa vigente en la materia.
  • Se habilitan los eventos y reuniones sociales al aire libre.

Protocolo para reuniones

Los eventos deberán hacerse en espacios habilitados al aire libre. La cantidad de asistentes estará determinada a razón de una (1) persona por cada 1 mt2 (un metro cuadrado) de superficie, y hasta un máximo de doscientas cincuenta (250) personas.

Aquellos lugares habilitados a la fecha que no cuenten con espacio al aire libre, podrán funcionar bajo la modalidad de restaurante, en las condiciones establecidas para tal rubro.

No podrán ubicarse más de seis (6) personas por mesa y se deberá respetar la distancia de dos (2) metros entre cada mesa.

Además, deberán respetarse las normas vigentes sobre distanciamiento social, higiene y utilización de cubreboca.

Para la organización de cualquier tipo de evento no contemplado en la presente norma, deberá obtenerse la previa aprobación de la Subdirección de Control de Eventos y Locales de Esparcimiento, dependiente del Ministerio de Seguridad.