El cura Julio César Grassi podría gozar de libertad condicional a partir del próximo mes

A su vez, se recibió de abogado en la cárcel. Desde que está detenido, nunca tuvo problema con ningún recluso.

Julio César Grassi está detenido desde hace una década. Foto: Archivo.
Julio César Grassi está detenido desde hace una década. Foto: Archivo.

El cura Julio César Grassi permanece detenido en el penal de Campana, provincia de Buenos Aires, desde el 2013. Sin embargo, recientemente se recibió de abogado, y podría estar saliendo de la cárcel.

Julio César Grassi, condenado a 15 años de prisión por abuso sexual. Foto: Archivo / La Voz.
Julio César Grassi, condenado a 15 años de prisión por abuso sexual. Foto: Archivo / La Voz.

Su detención es por los delitos de abuso sexual agravado a menores de edad. A partir de mayo de este año, cuando se esté por cumplir una década desde su detención, podría gozar de un beneficio si la Justicia decide fallar a su favor, tras la apelación de sus abogados en una decisión judicial de junio de 2022.

Grassi, de 66 años, debería cumplir condena hasta el 30 de mayo de 2028. Sin embargo, en un principio, la condena debía extenderse hasta el 7 de agosto de 2026, pero se produjo un mal cálculo inicial y la inaplicabilidad del beneficio del “dos por uno”.

Ante esta situación, sus abogados apelaron la decisión de la Cámara. En un primer momento, el recurso fue rechazado, por lo que presentaron otro recurso de queja. Este es el que resta definir.

Además, como en mayo Grassi estaría cumpliendo 10 años de cárcel, dos tercios de su condena, ya podría gozar de la libertad condicional.

Julio César Grassi se recibió de abogado recientemente. Foto: Archivo.
Julio César Grassi se recibió de abogado recientemente. Foto: Archivo.

Entretanto, el cura se recibió de abogado en la Universidad Siglo XXI.

El abogado Juan Pablo Gallego, quien representa al Comité de Seguimiento y Aplicación de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño en Argentina (Casacidn), explicó: “La ley 24.390 (dos por uno) no resulta de aplicación al caso, ya que la demora en la finalización del proceso se produjo debido a las articulaciones dilatorias de la defensa”.