Kicillof convocó a las PASO para el 13 de agosto, en simultáneo con la nacional

La gobernación de la provincia ha informado esta mañana que la convocatoria es únicamente para las PASO, en concordancia con la Ley vigente y el procedimiento electoral de la provincia.

Kicillof firmó decretó que convoca a las PASO para el 13 de agosto, en simultáneo con la nacional
Kicillof firmó decretó que convoca a las PASO para el 13 de agosto, en simultáneo con la nacional Foto: Twitter

Hoy, el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, ha firmado el decreto para convocar a las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) en la provincia, las cuales tendrán lugar el domingo 13 de agosto, en coincidencia con los comicios a nivel nacional.

El decreto 567/2023 ha sido publicado hoy en el Boletín Oficial de la provincia y ha sido firmado por el gobernador, el jefe de gabinete bonaerense, Martín Isaurralde, y la ministra de gobierno, María Cristina Álvarez Rodríguez.

El día 13 de agosto se elegirán en la provincia de Buenos Aires los candidatos para gobernador y vicegobernador, 23 senadores provinciales titulares y dieciséis suplentes, 46 diputados provinciales titulares y 28 suplentes, 135 intendentes, 1.097 concejales titulares y 706 suplentes.

Los cargos públicos serán repartidos de acuerdo a las siguientes cifras: Sección Capital 3 senadores titulares y 3 suplentes, 15 diputados titulares y 8 suplentes; Sección Segunda 5 senadores titulares y 3 suplentes; Sección Tercera 9 senadores titulares y 6 suplentes; Sección Cuarta: 14 diputados titulares y 8 suplentes; Sección Quinta 11 diputados/as titulares y 8 suplentes; Sección Sexta 6 senadores titulares y 4 suplentes; Sección Séptima 6 diputados titulares y 4 suplentes.

El Gobierno provincial ha recordado que las elecciones primarias y las elecciones generales son dos actos comiciales independientes y que, por lo tanto, los plazos para convocar a cada una surgen de distintas leyes.

En el caso de las elecciones generales, el artículo 114 de la Ley Electoral 5109 establece que la convocatoria deberá realizarse con no menos de 90 días de anticipación.