La Corte Suprema recovó un fallo que dejó libre a un acusado de violación en la Justicia rafaelina

El delito se cometió en 2016, por un hombre de 27 años hacia una sobrina de 12 años. Fue condenado en primera instancia, pero la Cámara lo había absuelto. Ahora la Fiscalía pidió la prisión preventiva hasta la nueva sentencia.

La Corte Suprema de Justicia de la provincia revocó un fallo y habrá una nueva sentencia.
La Corte Suprema de Justicia de la provincia revocó un fallo y habrá una nueva sentencia.

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia anuló un fallo absolutorio de segunda instancia en un caso de abuso sexual con acceso carnal cometido en nuestra ciudad en 2016  y ordenó que otro tribunal de Alzada dicte una nueva sentencia.

La resolución del máximo tribunal provincial lleva fecha del miércoles de la semana pasada y está firmado por la ministra María Angélica Gastaldi (primer voto), los ministros Mario Netri y Eduardo Spuler y el presidente del cuerpo, Rafael Gutiérrez.

La Corte se pronunció en este caso a raíz de un recurso de inconstitucionalidad presentado por el fiscal que investigó los hechos, Martín Castellano, y por el Fiscal Regional de Rafaela, Diego Vigo.

Justamente, Vigo indicó que en la segunda instancia, "la Cámara se apartó de los hechos que fueron probados en la investigación y se sustanció de especulaciones y prejuicios contra la niña". Además, también dijo que se omitieron pruevas decisivas. Todo esto motivó que se pida la revisión por parte de la Corte Suprema de Justicia.

El Fiscal Regional de Rafaela también hizo hincapié en que "en segunda instancia, se hizo una valoración irrazonable de la declaración de la menor". En tal sentido, no se tuvo en cuenta que declaró al día siguiente de ser agredida sexualmente y que padecía estrés post-trumático".

Estos y otros planteos fueron tenidos en cuenta por la Corte Suprema de Justicia provincial, que respaldó la mirada de la Fiscalía Regional. Y ahora, con la decisión del máximo tribunal, Vigo indicó que "ya presentamos un escrito en el que solicitamos la inmediata prisión preventiva del acusado hasta que se dicte un nuevo fallo".

En su resolución, y siguiendo el voto de Gastaldi, la Corte afirma que el fallo de la Cámara "desconoce la fuerza probatoria del testimonio de la menor que las normativas convencionales, constitucionales, legales y jurisprudencia de alto nivel orgánico le otorgan. Por ello, en el caso cabe considerar acreditada la afectación de los principios y garantías que emergen de la 'Convención sobre los Derechos del Niño' y la 'Convención de Belém do Pará', tal como se invocara por el recurrente"

Inconstitucionalidad

El acusado, que en la actualidad tiene 31 años, fue condenado en un juicio oral y público que se llevó a cabo en los tribunales rafaelinos y finalizó el 4 de marzo de 2016. Por mayoría, el tribunal integrado por los jueces Alejandro Mognaschi (presidente), José Luis García Troiano y Osvaldo Carlos resolvió imponer una pena de siete años y seis meses de prisión por la autoría del delito de abuso sexual agravado por haber mediado acceso carnal.

Sin embargo, el 5 de octubre de 2016, los camaristas Juan Manuel Oliva (presidente), Sebastián Creus y Roberto Prieu Mántaras rechazaron un planteo de nulidad por incongruencia presentado por la Defensa del acusado, pero resolvieron revocar el fallo condenatorio y absolver de culpa y cargo al imputado y ordenar su inmediata libertad.

En marzo de 2017, el MPA presentó un recurso de inconstitucionalidad ante el tribunal de segunda instancia, el cual fue rechazado. Por tal motivo, los funcionarios del MPA fueron en queja ante la Corte provincial, que consideró admisible el recurso y ahora emitió su fallo.