Se dictó el decreto que fija las medidas preventivas y de protección hasta el 10 de noviembre

El Gobierno Provincial dictó el DNU N° 1036 mediante el cual se determinan las medidas preventivas y de protección que regirán en Chubut hasta el próximo 10 de noviembre.

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En las localidades alcanzadas por el Distanciamiento Social se podrá circular sin otra restricción que la horaria, que se fija a las 21,30 como máximo. Están exceptuados de cumplir esta limitación, las personas que deban circular por la actividad que desarrollan, quienes demuestren motivos de urgencia justificada o por concurrir a actividades permitidas con horario ampliado.

Se podrá circular sin otra restricción que la horaria, que se fija a las 21,30 como máximo
Se podrá circular sin otra restricción que la horaria, que se fija a las 21,30 como máximo

Los restaurantes, bares, confiterías o cualquier otro rubro asimilable a los servicios gastronómicos funcionarán de la siguiente manera: Servicio de retiro en el local, de lunes a domingo hasta las 21; Servicio de envío a domicilio y consumo en el local, de lunes a jueves hasta las 23 horas y viernes a domingo hasta las 00 horas.

Los gimnasios podrán funcionar hasta las 21 horas y deberán operar mediante el sistema de turnos previos. Se podrán realizar actividades artísticas, recreativas y deportivas de manera "responsable" en espacios abiertos o cerrados, individuales o grupales "de hasta un máximo de 10 personas, siempre que no se trate de una actividad de contacto o que implique posible contacto".

Se mantienen vigentes las salidas de esparcimiento, que deberán realizar "de manera responsable". No se podrá acceder ni permanecer en espacios recreativos infantiles al aire libre donde haya juegos que favorezcan el agrupamiento social, ni a instalaciones deportivas.

El Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio estará vigente hasta las 00 horas del 10 de noviembre en Comodoro Rivadavia, Sarmiento, Rada Tilly, Buen Pasto, Puerto Madryn, Puerto Pirámides, Rawson, Trelew, Gaiman, Dolavon, 28 de Julio y Dique Florentino Ameghino.

La circulación de las personas estará habilitada de lunes a domingo de 7 a 21,30 horas, según la terminación par o impar de su DNI. Las personas con DNI terminado en número impar lo podrán hacer los días impares, y las personas cuyo DNI finalice en número par los días pares; los vehículos no podrán circular con más de dos personas en el interior de su cabina.

Los comercios del rubro gastronómico y de venta de productos alimenticios elaborados funcionarán con el siguiente cronograma: Servicio de retiro en el local, de lunes a domingo hasta las 21; Servicio de envío a domicilio, de lunes a jueves hasta las 23 horas y viernes a domingo hasta las 00 horas; y servicio de consumo en el local, de lunes a jueves hasta las 23 horas y viernes a domingo hasta las 00 horas.

Se establece que "quedan transitoriamente prohibidas la totalidad de las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas que se desarrollen en espacios cerrados o al aire libre, o que impliquen reunión de personas".

Las actividades al aire libre se deberán realizar de manera individual respetando el sistema de terminación par e impar del DNI, a excepción de los padres que desarrollan actividades junto a sus hijos y serán responsables por el cumplimiento de las normas.