San Juan adhirió al decreto nacional con excepciones: habrá actividad económica en Capital y Rawson

Las limitaciones serán las mismas que las impuestas en la fase 3. Se extremarán controles de protocolos.

En ambos departamentos continuará la actividad económica
En ambos departamentos continuará la actividad económica

Mediante un decreto, el gobierno nacional decidió restringir la actividad y la circulación en 18 ciudades del país, entre ellas Rawson y Capital de San Juan. El mismo decreto tiene un apartado el cual les permite a los gobernadores decidir con que rigor se aplicará. Justamente tras el análisis del Comité Covid-19 de dicho decreto del presidente Alberto Fernández se decidió que en ambos departamentos continúe la actividad económica al ritmo normal con las limitaciones propias de la fase 3.

Todas las actividades que continuarán desarrollándose cuentan con la aprobación previa del Ministerio de Salud de la provincia y con protocolos de funcionamiento como son las actividades industriales, de servicios, comerciales, deportivas y recreativas individuales. Estas actividades deben cumplir con estrictos controles de monitoreo epidemiológico y de protocolos.

No estarán habilitadas las siguientes actividades: eventos: sociales, políticos, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que impliquen la concurrencia masiva de personas; cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, que impliquen la concurrencia de personas; servicio público de transporte de pasajeros interjurisdiccional e internacional (el transporte interdepartamental se encuentra habilitado para servicios esenciales; turismo interno y reuniones sociales.

En ambos departamentos continuará la actividad económica
En ambos departamentos continuará la actividad económica

Los intendentes de ambos departamentos se reunirán  con el Comité Covid-19 para extremar controles en cada una de las comunas. Entre algunas de las disposiciones que establecerán los municipios, será concientizar sobre la importancia de la no circulación en la vía pública. El Ministerio de Salud local remitirá al Ministerio de Salud de la Nación toda la información que este requiera para evaluar la trayectoria de la enfermedad y la capacidad del sistema sanitario.

Durante la vigencia del distanciamiento y aislamiento social, preventivo y obligatorio las personas deberán mantener entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilizar barbijo en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales y nacional.