Comercios deberán retrotraer la lista de precios actualizada al 6 de marzo

La medida aplica para hipermercados, supermercados, almacenes, mercados, autoservicios y minimercados. Chequea en la nota cual es el precio máximo fijado por producto, no pagues de más.

Comercios de TDF.
Comercios de TDF.

El Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego a través de la Secretaría de Comercio informa a toda la comunidad que por resolución de ese organismo, los comercios tales como hipermercados, supermercados, almacenes, mercados, autoservicios y minimercados minoristas y/o mayoristas deberán poseer en sus locales la lista de precios de todos los productos que comercializan en materia de alimentos e higiene, con los valores correspondientes al 6 de marzo del corriente año.

Asimismo, se comunica que los mismos deberán tener carácter de declaración jurada y deberán estar disponibles para ser informados a los consumidores. Estos listados podrán ser además cotejados por los funcionarios o inspectores autorizados para dicha tarea.

Cabe recordar que la Secretaría de Comercio de la Nación emitió una resolución mediante la cual los comercios deben retrotraer los precios al 6 de marzo del corriente año.

Cabe recordar que hace unos días atrás, las autoridades del municipio de Río Grande multaron a las cadenas de supermercados La Anónima y Carrefour tras haber constatado "aumentos indiscriminados de precios". Según los funcionarios, en los locales de esas cadenas se verificó "el incumplimiento de precios máximos establecidos por el Gobierno nacional".

La lista de precios máximos fijados desde la Secretaria de Comercio de Nación está disponible y la podrás chequear en el siguiente link "Precios máximos de referencia en TDF". En caso de que algun comercio no cumpla con esta norma podrás realizar tu denuncia en el mismo sitio.