Tierra del Fuego: nuevas medidas para ingresar a la provincia

Las medias alcanzan tanto a quienes ingresen por vía aérea y terrestre.

AEROVÍAS
AEROVÍAS

A través de la Resolución N°1305 quedó establecido que a partir del 18 de septiembre toda persona que regrese a Tierra del Fuego, deberá acreditar a través del DNI, domicilio en la provincia, constancia de PCR, a través de hisopado "no detectable" no mayor a las 72 hs o constancia de anticuerpos (igG) positivos. También, deberán realizar el aislamiento de 14 días en el domicilio declarado.

Vuelo de aerolíneas repatriando a fueguinos - Aeropuerto Internacional de Ushuaia.
Vuelo de aerolíneas repatriando a fueguinos - Aeropuerto Internacional de Ushuaia.

Por otra parte, deberán presentar una declaración jurada a la que pueden acceder a través de: https://www.tierradelfuego.gob.ar/wp-content/uploads/2020/09/DDJJ.pdf

Declaración jurada (web)
Declaración jurada (web)

Para el caso de las personas que realicen el aislamiento con otras personas que ya se encuentran en el domicilio, el aislamiento será extensivo a todo su grupo conviviente, por lo que deberán indicar en la declaración jurada la cantidad de personas que residen en el lugar y si alguna pertenece a los grupos de riesgo.

Toda la documentación debe ser presentada antes de abordar el avión de la ciudad de origen. Por otra parte, quienes lleguen a la provincia deberán trasladarse a sus domicilios en trasporte de pasajeros en cualquier lugar de la provincia.

Vuelo de aerolíneas repatriando a fueguinos - Aeropuerto Internacional de Ushuaia.
Vuelo de aerolíneas repatriando a fueguinos - Aeropuerto Internacional de Ushuaia.

Las personas que quieran salir de la provincia no requieren autorización del COE, sin embargo, deberán tener en cuenta los requisitos de la ciudad de ingreso y al regresar deberán cumplir​ con los requisitos antes mencionados.