Una niña de 10 años logró revertir el pedido judicial de su madre que iba en contra de su intereses

La madre de la menor solicitó una prueba de paternidad. La niña fue asesorada por su propia abogada, quien se encargó de que la jueza la escuche. Así fue que la justicia rechazó el pedido de ADN.

Luego de escuchar los deseos de la menor de edad, la jueza rechazó el pedido de la madre.
Luego de escuchar los deseos de la menor de edad, la jueza rechazó el pedido de la madre. Foto: Archivos

La madre de una niña de 10 años quería hacer una prueba de paternidad para demostrar que el progenitor biológico era otro hombre, pero la menor fue asesorada por una abogada de niños y rechazaron el pedido de Análisis de Compatibilidad Genética (ADN).

¿Por qué la madre de la niña quería hacer el ADN?

La madre de la menor inició un proceso judicial en representación de su hija para realizar la impugnación de reconocimiento del padre e iniciar el trámite de filiación de otro hombre.

Los tres involucrados cumplían con los requisitos para contar con defensores públicos, por lo que así se procedió. También, era importante la intervención de un Defensor de Menores e Incapaces.

La Jueza Multifueros de San Antonio Oeste y los defensores participaron del proceso judicial. Toda la situación cambió cuando la niña se presentó con la asistencia letrada, es decir, con la garantía constitucional que hace efectivo el derecho a la defensa en juicio y al debido proceso.

Gracias a la asesoría de la abogada, la niña de 10 años cambió la situación judicial que inició su madre.
Gracias a la asesoría de la abogada, la niña de 10 años cambió la situación judicial que inició su madre. Foto: Archivos

La importancia de la defensa de la menor de edad

La abogada de la menor hizo escuchar su voz para que las autoridades sepan que el pedido de la niña era contrario al de su madre. Sin embargo, todavía hay un plazo para que las partes puedan apelar la decisión tomada al principio.

Según se pudo saber, la nena fue escuchada en julio de este año en una audiencia, en la que “manifestó claramente su postura” asesorada por su propia abogada. Esto está permitido en el artículo 26 del Código Civil y Comercial, el cual establece que “la persona menor de edad ejerce sus derechos a través de sus representantes legales. No obstante, la que cuenta con edad y grado de madurez suficiente puede ejercer por sí los actos que le son permitidos por el ordenamiento jurídico. En situaciones de conflicto de intereses con sus representantes legales, puede intervenir con asistencia letrada”.

La niña de 10 años no quiere someterse a ninguna prueba de compatibilidad (Imagen ilustrativa).
La niña de 10 años no quiere someterse a ninguna prueba de compatibilidad (Imagen ilustrativa). Foto: Archivos

Además, “la persona menor de edad tiene derecho a ser oída en todo proceso judicial que le concierne, así como a participar en las decisiones sobre su persona”. La palabra de la niña es muy importante en el proceso judicial, más aún si la misma no coincide con la de los adultos.

Este caso ponía en juego la identidad de la niña, por lo que la palabra de ella es la que más vale en esta situación. Su abogada expuso las pretensiones de la menor y planteó la acción de caducidad de la validez del documento.

La figura del abogado defensor de un menor es sumamente importante. Por ejemplo, en esta ocasión la madre de la nena quería hacer una prueba de compatibilidad del progenitor 10 años después del nacimiento de su hija. Por el contrario, la niña no tenía ningún deseo de “someterse a la realización de la prueba de ADN ni a cualquiera similar ni a la toma de muestras de sus pertenencias, por los miedos ante los eventuales cambios que pudiera generar su resultado”.

La Jueza agregó que, en estos años, la niña “ha logrado consolidar y construir desde hace muchos años vínculos afectivos con su familia paterna, la que no desea modificar y se encuentra contenida en un ámbito de pertenencia, sobre el cual ha edificado su personalidad, sus afectos, sus sentimientos, sus ansias, proyectos y sueños”.