Coronavirus: la Corte bonaerense dispuso dos semanas de asueto en todo el poder judicial

Hasta el 31 de marzo, solo se atenderán los asuntos urgentes.

La Corte bonaerense dispuso dos semanas de asueto en todo el poder judicial
La Corte bonaerense dispuso dos semanas de asueto en todo el poder judicial

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires dispuso 14 días de asueto en todo el ámbito del Poder Judicial provincial, con suspensión de los términos procesales, hasta el 31 de marzo, como consecuencia de las medidas para evitar la propagación del coronavirus.

De acuerdo a la Resolución 386-20, se determinó que durante este período la prestación mínima del servicio de justicia se limitará a la atención de asuntos de urgente despacho o que por su naturaleza no admitan postergación.

La resolución está firmada por Eduardo Néstor de Lázzari, Daniel Fernando Soria, Eduardo Pettigiani, Luis Genoud, Hilda Kogan, Sergio Gabriel Torres y por el procurador bonaerense Julio Conte Grand.

Julio Conte Grand
Julio Conte Grand

La acordada señala que el asueto se dispone ante la necesidad de adoptar medidas de carácter "extraordinario" que eviten o reduzcan la propagación del virus "garantizando una prestación esencial del servicio de justicia". Al mismo tiempo, contempló que el actual estado de emergencia, "requiere preservar la salud del personal del Poder Judicial, como así también de todas las personas que concurren por cualquier motivo a las dependencias que lo integran".

El máximo tribunal bonaerense decidió que "permanezcan habilitados exclusivamente los Juzgados y Tribunales en turno, incluyendo las sedes descentralizadas, funcionando con guardias mínimas, conformadas con el magistrado a cargo -en caso de Tribunales Colegiados al menos uno de sus integrantes-, un funcionario letrado y los agentes indispensables que el titular designe". En los restantes organismos se instruyó la permanencia del magistrado o un funcionario letrado en forma rotativa.

En la Suprema Corte de Justicia también habrá un sistema de guardias rotativas. En tanto, en las Cámaras de Apelación deberán organizarse guardias para la atención de los asuntos urgentes. En cuanto a las Cámaras del Fuero Civil y Comercial se las autoriza a incorporar Juzgados de Familia adicionales a los de turno.

Fuente: Télam.