ANSES: qué se necesita para acceder a la Prestación por Desempleo y cómo cobrarla

Este servicio otorga una prestación a aquellos trabajadores en relación de dependencia que fueron despedidos sin causa. De cuánto es el monto y cómo es el trámite para cobrarla.

Cómo cobrar la Pensión por Desempleo de ANSES.
Cómo cobrar la Pensión por Desempleo de ANSES. Foto: La Nación

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) brinda un servicio de prestación por desempleo a aquellos trabajadores que lo despidieron sin causa. Esta asistencia se enmarca dentro a Prestación por Desempleo para Trabajadores en Relación de Dependencia y para poder acceder es necesario tener en cuenta ciertos requisitos.

El trámite se puede realizar a través de mi ANSES o de forma presencial.
El trámite se puede realizar a través de mi ANSES o de forma presencial. Foto: ANSES

A quién está dirigida la Prestación por Desempleo para Trabajadores en Relación de Dependencia

Este servicio está dirigido a los trabajadores en relación de dependencia despedidos sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas, comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013. Se tienen en cuenta los siguientes requisitos:

  • Trabajadores permanentes: tener al menos seis meses de trabajo con aportes en los últimos tres años anteriores al despido o finalización del contrato.
  • Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos tres años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.

Mientras el trabajador reciba la prestación, tiene derecho a recibir asignaciones familiares y a mantener su cobertura en la obra social que se encontraba afiliado. Por otro lado, es importante destacar que el tiempo durante el cual se reciba esta prestación, es considerado como años de servicio para propósitos de jubilación.

Qué se necesita para acceder a la Prestación por Desempleo para Trabajadores en Relación de Dependencia

  • DNI (original y copia)
  • Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
    • Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
    • Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
    • Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
    • No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
    • Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
    • En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
  • Tené en cuenta que si hubo un cruce de telegramas con tu empleador y te consideraste despedido, deberás realizar un trámite previo.

Si el trabajador ya cobra la Prestación por Desempleo, es importante que se encuentre atento a las citaciones por WhatsApp, correo electrónico o a través del recibo de cobro que envía Capital Humano que son de asistencia obligatoria. En el caso de que el individuo comience a trabajar, es requerimiento solicitar la suspensión de la prestación dentro de los cinco días hábiles.

Cómo acceder al servicio

Se puede hacer este trámite de forma gratuita por el canal de Atención Virtual o de manera presencial en una oficina de ANSES con turno previo.

  1. Reuní la documentación: reuní toda la documentación personal y familiar correspondiente.
  2. Ingresá en Atención Virtual: vas a necesitar tu CUIL y Clave de la Seguridad Social. Si no tenés clave podés obtenerla en el momento.
  3. También podés hacer este trámite en una oficina de ANSES con turno previo.

Cuál es el monto de la Prestación

El monto y la cantidad de cuotas (entre 2 y 12) se calculan según los ingresos y meses trabajados (con aportes) durante los últimos tres años. En el caso de los trabajadores mayores a 45 años cobran durante seis meses más.

Cuáles son los medios de cobro

Desde ANSES gestiona la apertura de una Caja de Ahorro de la Seguridad Social para cobrar esta prestación. De este modo, se puede retirar el dinero por ventanilla en una sucursal bancaria. Posteriormente, el banco le entregará al trabajador despedido la tarjeta de débito para operar a través de los cajeros automáticos.

De este modo, el trabajador tendrá que presentarte en la sucursal bancaria asignada para formalizar la apertura de la Caja de Ahorro y recibir su tarjeta. Desde la página oficial de ANSES indican:

  • Si ya percibiste una prestación de ANSES a través de una cuenta bancaria vamos a asignarte esa misma cuenta.
  • Si tenés una cuenta particular, podés solicitar al banco que la modifique como Cuenta de la Seguridad Social.