En prevención, disponen feria extraordinaria en el Poder Judicial de Jujuy

Personal en guardia pasiva que incumpla la permanencia en su domiclio, recibirá severas sanciones.

Edificio de los tribunales de Jujuy
Edificio de los tribunales de Jujuy

Dada la situación de emergencia resuelta en la provincia para evitar la llegada y propagación del coronavirus COVID-19, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Jujuy declaró una feria judicial extraordinaria "por razones sanitarias", a partir de este miércoles y hasta el martes 31 del corriente inclusive.

De esta manera, durante el receso extraordinario quedaron suspendidos todos los plazos procesales y audiencias, y sólo se tramitará las causas consideradas de carácter urgente por el artículo 38 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, según se lee en la acordada Nº 22/2020.

A esos efectos, el horario de asistencia y atención será de 8:30 a 12:30 y la modalidad de atención al público será restringida, de una persona por vez.

"Los magistrados, funcionarios y empleados exceptuados de la prestación de servicios, que se encuentran en situación de guardia pasiva, deberán permanecer inexorablemente en sus respectivos domicilios, bajo apercibimiento de sanciones administrativas, incluido el descuento de haberes, y acciones penales en su caso", dice el texto, reflejando lo drástico de la medida.

En los fundamentos de la decisión, la Corte considera "conveniente y necesario adoptar las medidas preventivas tendientes a mitigar la expansión del coronavirus", ante la gravedad de su rápida propagación y el riesgo para la salud pública, en línea con la declaración de emergencia sanitaria y epidemiológica dispuesta por el Poder Ejecutivo provincial.

De acuerdo al dispositivo emanado por el STJ, queda excluido de prestar servicios -por estar considerado "en situación de riesgo":

a) personal de 65 años o más;

b) personal menor de 65 años con cardiopatías, diabetes, inmunodeprimidos, enfermedades pulmonares crónicas, hipertensión arterial, embarazadas y en período de lactancia;

c) casos especiales acreditados por documentación médica actualizada en los últimos 30 días;

d) los magistrados, funcionarios y personal que hubiesen regresado del extranjero, quienes "deberán dar cuenta de dicha situación y cumplir con la cuarentena obligatoria".

Cabe indicar que ante la eventualidad de que mantengan "las razones de emergencia", la Corte evaluará sobre la marcha la posibilidad de extender el receso. Mientras tanto, se exhortó al Ministerio Público de la Acusación y al de la Defensa Pública Penal a adherir a la acordada.