Liberaron a policía que habría violado a su prima

La jueza Valeria López Lestón dijo ampararse en la perspectiva de género, pero no ordenó su detención "porque no hay una sentencia condenatoria"

Abuso sexual
Abuso sexual

La jueza Valeria López Lestón dijo ampararse en la perspectiva de género, pero no ordenó su detención "porque no hay una sentencia condenatoria" y siempre fijó domicilio. Tras liberar al cabo acusado de haber violado a su prima.

El caso tiene como procesado a un cabo primero de la Policía Provincial, de 30 años, que se desempeña en la Comisaría Segunda de Río Gallegos y que en enero del año pasado, en estado de ebriedad, sometió a su prima y abusó sexualmente de ella en su propia casa.

El caso se remite a la noche del 23 de enero del año pasado, cuando tanto el policía como su prima, de casi su misma edad, fueron a una fiesta con amigos y familiares.

Cerca de las 8 de la mañana del 24, el integrante de la fuerza de seguridad ya estaba completamente ebrio y, según reza una declaración estaba “pesado con una chica a la que quería invitar a su casa”.

El policía no había ido solo a la fiesta, sino que fue con su hija de 10 años. Su prima, al verlo alcoholizado, le dijo que lo llevaba a su casa con su nena, pero él se negó. Le dijo que se iba a quedar en la casa de ella para cuidarla, entendiendo que estaba sola porque sus padres habían viajado al interior.

Al llegar a la casa, el policía acostó a su hija en la cama de su prima. En tanto, la joven había ido a buscar a su sobrinito a la morada de su hermana, para luego acostarse con la nena y el bebé en brazos.

Según reza en el expediente, momentos después, el policía entró a la habitación. Él se puso detrás de la joven y la manoseó, pero ella le dijo que no. Por lo que pudo escaparse de las garras del primo y se fue a la cama de sus padres junto al nene de un año.

La joven se había acostado junto al bebé cuando apareció nuevamente el efectivo, quien la inmovilizó poniéndole un brazo por encima y la violó, para luego volver a acostarse con su hija.

El días después, la chica estaba en estado de shock. Su hermana había llegado, pero no le había contado de la situación que había vivido la noche anterior; el violador todavía dormía cuando eran las seis de la tarde.

La sobreviviente había quedado sola en la casa junto a su agresor, que recién se levantaba y luego le pediría que lo alcanzara a su morada. Ella accedió y, en el camino, el policía le pidió perdón y le dijo: "Por favor, no le digas a nadie. Que esto quede entre nosotros", a lo que la víctima apenas le respondía con monosílabos.

Ya de regreso a su casa, la joven llamó a una amiga para contarle lo que le había pasado y ella la instó a denunciar al policía en la Comisaría de la Mujer. Antes de ir, guardó su ropa interior, sus prendas de vestir y las sábanas en una bolsa de consorcio, ya que servirían de prueba.

Luego la joven le contaría lo sucedido a su hermana. Ella, fuera de sí, decidió llamar al efectivo y, entre insultos, le recriminó por lo que había hecho. Le dijo que era un degenerado y él sólo atinó a pedir perdón y a justificarse diciendo que "estaba borracho".

El caso quedó en manos del Juzgado de Instrucción N° 2, a cargo de Valeria López Lestón.

Ella ordenó secuestrar las prendas de vestir que la sobreviviente había guardado para ser sometidas a análisis y determinar si había ADN del policía, prueba que se acreditaría tiempo después. Hace unos días, la jueza entendió que "a prima facie", el delito de "abuso sexual agravado" está acreditado y determinó procesar al policía, pero sin prisión preventiva.

En su fallo, López Lestón dijo ampararse en laperspectiva de género a la hora de analizar tanto las pruebas que se obtuvieron como las que no, pero no hizo lugar al pedido de la querella de la detención del efectivo policial.

Según López Lestón, como el cabo primero siempre estuvo a disposición de la Justicia y fijó domicilio, sólo puede caberle una orden de restricción de acercamiento.

Además, en su resolución explicó que “disponer el encarcelamiento, antes del dictado de una sentencia condenatoria, no puede estar condicionado por la penalidad del delito, sino por los fines del proceso que son la búsqueda de la verdad y el cumplimiento del derecho material.

De igual manera, respecto al policía, continúa trabajando en la comisaría y, una vez al mes, tiene que ir a fijar domicilio a la dependencia policial más cercana.