Prohiben la pirotecnia

La ciudad se podría unir a la ley provincial N°3636

Durante la sesión extraordinaria que llevaron a cabo los concejales de Caleta Olivia el día 19 de Diciembre, entre otros temas, aprobaron poner en vigencia la ordenanza sobre la prohibición del uso y comercialización de pirotecnia.

La mencionada ordenanza fue sancionada en diciembre del 2018, aunque no se puso en funcionamiento debido a las quejas de los comerciantes que ya habían realizado la compra de los productos y, de ponerse en funcionamiento, afectaría a la economía de los negocios.

En la misma se detalla la salvedad de “uso para el entretenimiento de la población o la conmemoración de hechos espaciales”, siempre y cuando los organizadores cuenten con un permiso temporal extendido por el departamento de Bomberos, y del Departamento Ejecutivo.

Pirotecnia Cero.
Pirotecnia Cero.

Este jueves los concejales discutieron la ordenanza y agregaron una modificación por la que solo se podrán utilizar fuegos artificiales de iluminación que si bien no pasan desapercibido para los principales afectados, que son los niños con Trastorno de Espectro Autista y los animales domésticos, hacen menos daño que los mas ruidosos.

El edicto comenzará a regir en cuanto sea aprobada por el intendente Fernando Cotillo, y la comercialización se prohibirá completamente a partir del 7 de enero del 2020.

En santa cruz se adhirieron en mayor o menor medida a la ley provincial N° 3636 "prohibición del uso y comercialización de pirotecnia", Puerto Deseado, Río Gallegos, Caleta Olivia, El Calafate, El Chaltén, Río Turbio, Pico Truncado o Puerto San Julián.

La ley

En noviembre del 2018, el gobierno de la provincia de Santa cruz sancionaba la ley N° 3636 en la que se "prohíbe la utilización, tenencia, acopio, exhibición, fabricación y expendio al público de artificios de pirotecnia y cohetería, sean éstos de venta libre o no" en todo el territorio de la provincia de Santa Cruz.

Las personas con autismo sufren crisis como reacción a los estruendos usuales en todas las fiestas de fin de año.
Las personas con autismo sufren crisis como reacción a los estruendos usuales en todas las fiestas de fin de año.

La presente ley exceptúa al uso de pirotecnia en eventos destinados a la población organizado por Instituciones del Estado, para la conmemoración de hechos especiales, siempre y cuando cuenten con la debida habilitación, para señales de auxilio.

La pena por transgredir la ley es de una multa de 500 a 5 mil Unidades Fiscales (que se rige según el precio de la nafta ), más el decomiso de los elementos probatorios de la infracción.

Frontera se suma a la iniciativa.
Frontera se suma a la iniciativa.

En caso de incumplimiento por parte de establecimientos comerciales, se determinará además de la multa establecida, la clausura del local por 15 a 30días. En caso de reincidencia se producirá la clausura total del mismo y la multa de mayor valor posible.

Por último, la recaudación de las multas se destinará a las unidades de bomberos de la localidad donde se detecte la infracción o las campañas de concientización y difusión.