Elecciones Presidenciales 2023 en Mendoza: ¿dónde te toca votar?

Enterate todo lo que tenés que saber para votar y en el caso de no poder hacerlo.

padron dni
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Si no sabés en qué lugar te toca votar para estas Elecciones Presidenciales 2023 que se realizarán este domingo (22 de octubre), podrás consultar escuela, mesa y orden de votación mediante tu padrón vía on line, habilitado por la Cámara Nacional Electoral (CNE).

Cómo buscar tu padrón vía online

Los datos se pueden consultar en www.padron.gob.ar y es necesario ingresar el número de DNI, género, distrito y el código de validación.

Luego, el sistema arrojará el nombre y la dirección del establecimiento, el número de mesa y el número de orden.

Recordá que si bien el lugar de votación de las elecciones generales suele ser el mismo que el de las PASO, puede ocurrir que haya cambios, por lo que es conveniente hacer una nueva consulta antes de los comicios de este domingo.

La ley establece que se puede votar desde los 16 años, aunque no es obligatorio hasta los 18. Mayores de 70 también están exentos de la obligatoriedad.

QUÉ SE VOTA EL DOMINGO 22 DE OCTUBRE

Los argentinos tendrá en las elecciones generales y será mediante boleta sábana. Allí cada sección especifica la categoría y los candidatos. Se puede cortar, en caso de que la persona lo desee.

Podrás elegir:

  • Presidente y vicepresidente
  • 19 parlamentarios del Mercosur por distrito nacional
  • 24 parlamentarios del Mercosur por distrito regional
  • 130 diputados nacionales en todo el país
  • 24 senadores nacionales en 8 provincias

QUÉ DOCUMENTOS SON VÁLIDOS PARA VOTAR EN LAS ELECCIONES 2023

Los documentos válidos para votar son:

  • Libreta de enrolamiento o libreta cívica
  • DNI libreta verde
  • DNI libreta celeste
  • Tarjeta del DNI libreta celeste, que contiene la leyenda “No válido para votar”
  • DNI tarjeta

No se permite el uso del DNI en el celular ni de un documento cuyo ejemplar sea anterior al que figura en el padrón electoral.

¿Puede votar aquel que no lo hizo en las PASO?

Si figurás en el padrón electoral y no votaste en las PASO, tenés el derecho y la obligación de realizarlo en las elecciones generales del 22 de octubre.

QUÉ PASA SI NO VOTO EN LAS ELECCIONES DE OCTUBRE

  • Si no asististe a votar el día de la elección, para no formar parte del Registro de Infractores, debés justificar tu ausencia ante la Secretaría Electoral del Juzgado Federal del distrito que corresponda, dentro de los 60 días posteriores a las elecciones. Clic aquí.
  • Si no podés justificar ante la Justicia Nacional Electoral te corresponde una multa económica y se te incorporará en el Registro de Infractores al deber de votar.
  • Además, no podrás ser designada o designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.
  • Quien no pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.

DE CUÁNTO ES LA MULTA POR NO VOTAR

Se impondrá una multa de $50 a $500 al elector mayor de 18 y menor de 70 años que dejare de emitir su voto y no justifique su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral dentro de los 60 días de la respectiva elección.

EN QUÉ CASOS ESTOY EXCEPTUADO DE ASISTIR A VOTAR

  • Si el día de los comicios te encontrás a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tenés que votar y justificás ante la autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables.)
  • Si estás enfermo o imposibilitado de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional.
  • Si sos parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones estás impedido de asistir a votar.
  • Si sos juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional tenés que asistir a tu oficina y mantenerla abierta durante los comicios.