No se sumarán nuevos empleados al Estado: el Gobierno oficializó la medida adelantada por Silvina Batakis

La decisión fue publicada en el Boletín Oficial este viernes. Además, se sugirió a los privados que tengan participación estatal adoptar medidas similares.

Se cancela el ingreso de nuevos empleados al Estado.
Se cancela el ingreso de nuevos empleados al Estado.

Tal como lo había adelantado la ministra de Economía, Silvina Batakis, se oficializó la prohibición de contratar nuevos empleados en el Estado hasta el 31 de diciembre de 2023, salvo algunas excepciones.

La determinación fue publicada este viernes en el Boletín Oficial, a través del Decreto 426/2022 y luego de años de incorporación constante de empleados públicos. Según datos relevados por la Dirección de Presupuesto y Evaluación de Gastos en Personal del Ministerio de Economía, en mayo de 2018 la cantidad de empleados del Estado Nacional, de entes públicos no financieros y empresas sociedades de Estado era de 417.179 personas y en mayo de 2022 alcanzó un total de 449.362, un 5,8% más.

Silvina Batakis había adelantado la medida en sus primeros anuncios.
Silvina Batakis había adelantado la medida en sus primeros anuncios.

“Las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza”, indica el texto. Esta medida abarca a la administración central, los organismos descentralizados y en entes públicos. Asimismo, se instruyó a empresas, sociedades y organizaciones donde el Estado tiene participación mayoritaria en el capital y fondos fiduciarios integrados con fondos públicos “a adoptar medidas similares”.

Batakis se había referido a este tema días después de asumir el cargo. “El congelamiento es para todos”, había enfatizado la funcionaria. Así, quedan prohibidas las designaciones a término en las plantas transitorias; las contrataciones por tiempo indeterminado, a plazo fijo, a tiempo parcial y de trabajo eventual; las contrataciones para la prestación de servicios profesionales autónomos; las designaciones transitorias en cargos simples de la planta permanente; las contrataciones de personal con o sin relación de dependencia, bajo cualquier modalidad previstas en estatutos especiales o fuentes de financiamiento no presupuestarias.

“Resulta adecuado adoptar diversas medidas con miras a garantizar un ejercicio eficiente y responsable del presupuesto nacional, en lo que hace a la contratación de personal, particularmente en lo que refiere a los regímenes de contratación del mismo que presta servicios en el ámbito del Sector Público Nacional”, reza el texto.

Cuáles serán las excepciones de la medida

En el decreto se aclara que los límites de las contrataciones “no deben ir en desmedro de la posibilidad de realizar designaciones y contrataciones de personal cuando se cumplan las condiciones de criticidad o necesidad estratégica para el funcionamiento de áreas esenciales”. Así, se exceptuaron a las designaciones en: el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación; en las Universidades; en el Servicio Exterior de la Nación; en el Cuerpo de Guardaparques Nacionales; en el Sistema Nacional de Manejo del Fuego y en el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del Ministerio de Salud de la Nación; en el Servicio Penitenciario Federal y en las Fuerzas Armadas y de Seguridad, excluido su personal civil.

La gestión de Alberto Fernández terminará con la cantidad de empleados públicos actual.
La gestión de Alberto Fernández terminará con la cantidad de empleados públicos actual.

También se tendrá consideración en la cobertura de cargos o contrataciones que no puedan postergarse por su especificidad técnica, profesional, criticidad o riesgo operativo. En el caso de una renuncia, jubilación, retiro voluntario, cancelación de las designaciones transitorias en cargos simples de Planta Permanente y en las Plantas Transitorias, conclusión o rescisión del contrato, sanción expulsiva o fallecimiento producidos durante los años 2021 y 2022, “se pueda disponer del cargo o de la partida presupuestaria asignada a la modalidad contractual de que se trate”, pero deberá ser fundamentada su designación y validada por la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete.

Además se mantendrán excepciones para la cobertura de cargos o contrataciones que hagan al cumplimiento del cupo de discapacidad y de personas travestis, transexuales y transgénero.

La medida regirá hasta el 31 de diciembre de 2023, sin embargo la Jefatura de Gabinete -previa intervención del Ministerio de Economía- podrá autorizar excepcionalmente el ingreso al Sector Público Nacional para cubrir cargos vacantes, designaciones o contrataciones si existiesen “razones debidamente fundamentadas y acreditadas por la autoridad superior de la jurisdicción o entidad requirente”.

“No estarán alcanzadas por las disposiciones del presente decreto las tramitaciones de designaciones y contrataciones de personal que se hubieren iniciado con anterioridad al 11 de Julio de 2022 y aún no estuvieran concluidas”, se aclaró.