Por la escasez de cigarrillos, la AFIP flexibilizó temporalmente las normas para importar

Las tabacaleras podrán importar productos, que se venderán correctamente señalados.

03/06/2019 Mujer fumando un cigarro. SALUD Eduardo Parra - Europa Press
03/06/2019 Mujer fumando un cigarro. SALUD Eduardo Parra - Europa Press

Las tabacaleras fueron una de las industrias que dejó de producir el 20 de marzo, cuando Alberto Fernández dispuso cuarentena obligatoria en todo el país. Recién la semana pasada el desabastecimiento de cigarrillos llegó a los quioscos y puso en alerta a los fumadores.

En los comercios los paquetes de cigarrillos llegaron a triplicar el valor oficial, y se detectaron también muchos casos de productos ilegales y tráfico.

Tráfico de cigarrillos (Web)
Tráfico de cigarrillos (Web)

Por eso, la AFIP flexibilizó las normas de importación de los cigarrillos. Fue a través de la Resolución General 4715/202, publicada este miércoles en el Boletín Oficial y firmada por Mercedes Marcó del Pont.

"En virtud de la pandemia de COVID-19 declarada por la Organización Mundial de la Salud, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297 del 19 de marzo de 2020 se dispuso el aislamiento social, preventivo y obligatorio", consta en la norma, y explica que las empresas tabacaleras mostraron sus "inconvenientes en el desarrollo de la manufactura de sus productos".

Coronavirus en Argentina: tabacaleras advierten que casi no quedan cigarrillos para vender (Foto: archivo)
Coronavirus en Argentina: tabacaleras advierten que casi no quedan cigarrillos para vender (Foto: archivo)

Por eso, "como alternativa para no desabastecer al mercado local, las citadas empresas están recurriendo a la importación de cigarrillos, por lo que requieren cantidades inusuales de instrumentos fiscales de control rojo", continúa.

"Atendiendo a razones operativas vinculadas con la disponibilidad de dichos instrumentos, este Organismo estima conveniente establecer -como medida de excepción- la posibilidad de utilizar, para el caso de cigarrillos importados, instrumentos de color azul, incluyendo la leyenda IMPORTADO, a fin de posibilitar el cumplimiento a la obligación de identificación establecida por la mencionada resolución general", agrega la resolución.

Además, dispuso que "hasta el 30 de septiembre de 2020 inclusive, se podrán utilizar instrumentos fiscales de control de color azul para el expendio de cigarrillos importados" y que "deberán contener sobreimpresa la leyenda IMPORTADO, junto con los datos obligatorios".