Un violento mató a los cinco perros de su hermana y ahora le prohíben que se acerque a ella

Por el delito de “crueldad animal”, la Justicia ambiental de Jujuy condenó a J.G.E. a 30 meses de prisión de ejecución condicional.

El artículo 71 la Constitución de la Provincia de Jujuy titulado "Bienestar animal y prohibición del trato cruel" considera a los animales como seres sintientes y merecedores de trato digno.
El artículo 71 la Constitución de la Provincia de Jujuy titulado "Bienestar animal y prohibición del trato cruel" considera a los animales como seres sintientes y merecedores de trato digno. Foto: Vía Jujuy

Un sujeto que despiadadamente ahorcó con una soga a los cinco perros de su propia hermana fue condenado por la Justicia de Jujuy a cumplir dos años y medio de prisión de ejecución condicional, realizar un “curso de sensibilización y concientización animal”, iniciar un proceso terapéutico “por sus conductas violentas” y acatar una restricción de acercamiento a la mujer, que lo denunció por los ataques.

El fallo fue dictado por jueza ambiental María Laura Flores, quien consideró que el acusado -identificado por sus iniciales J.G.E.- resultó responsable del delito de “crueldad animal en concurso real” en los cinco hechos cometidos en un descampado de la ciudad de Palpalá.

María Laura Flores, jueza ambiental de Jujuy.
María Laura Flores, jueza ambiental de Jujuy. Foto: captura pantalla

En un juicio abreviado, la magistrada le impuso reglas de conducta que deberá cumplir el condenado para evitar ir a la cárcel, entre ellas la prohibición de acercamiento a su hermana -que fue la denunciante del caso- a menos de 300 metros de su domicilio o en el lugar en que la mujer se encuentre durante el plazo que dure la condena, informaron este miércoles fuentes judiciales.

“CLARA INTENCIÓN DE CAUSAR SUFRIMIENTO”

Según la acusación de la fiscalía, la situación de maltrato animal comenzó el 27 de agosto pasado en horas del mediodía cuando el imputado se llevó de una vivienda situada en el barrio Centro Forestal de aquella ciudad, cuatro cachorros caninos que pertenecían a su hermana, con quien convivía en el mismo domicilio.

Seguidamente el sujeto se dirigió a un descampado en la zona rural de Palpalá y en una maniobra de extrema crueldad mató a las mascotas, que tenían unos tres o cuatro meses de vida.

Pero lejos de acabar con su accionar criminal, a la noche del mismo día J.G.E. regresó al domicilio del barrio Centro Forestal y se llevó una perra de edad adulta, madre de los cachorros y que también pertenecía a su hermana. Procediendo de la misma manera que al mediodía, con total desprecio acabó horrorosamente con la vida del indefenso animal.

Entre los fundamentos expresados en la sentencia, la jueza consideró que “se encuentra acreditado con el grado de certeza necesaria” que el hombre “mató a cuatros cachorros y a su madre, de manera consciente y con la clara intención de causar sufrimiento”.

En línea con el desarrollo jurisprudencial, Flores argumentó asimismo que “a los animales les deben ser reconocidos determinados derechos que derivan del derecho básico del respeto a la vida y a su dignidad como seres que sienten”.

“Es menester reconocerle al animal el carácter de sujeto de derechos, pues los sujetos no humanos (animales) son titulares de derechos, por lo que se impone su protección en el ámbito competencial correspondiente”, completa la resolución.

Del mismo modo la magistrada advirtió que el cambio de paradigma orientado a considerar a los animales como seres sintientes y merecedores de trato digno “se encuentra receptado en la reciente reforma a la Constitución de la Provincia de Jujuy, Artículo 71 denominado ‘Bienestar animal y prohibición del trato cruel’”.

LA CONDENA AL DESPIADADO AGRESOR

La resolución emitida por la jueza Flores ordena que el condenado deberá “abstenerse de ejercer actos de violencia en cualquiera de sus tipos (física, sexual, psíquica, social, económica) y actos molestos por cualquier medio: personal, telefónico, redes sociales, en contra la denunciante” -su propia hermana-, mientras dure la condena.

Del mismo modo, se le ordenó asistir y acreditar la realización de un curso de sensibilización y concientización animal de 40 horas que le dictará vía zoom la especialista María de las Victorias González Silvano, docente a cargo de la materia Derecho Animal de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires.

Así también el sujeto deberá asistir y acreditar cada treinta días, el inicio y sostenimiento de un proceso terapéutico por sus conductas violentas, durante el tiempo que dure la condena.

Por último, la magistrada le prohibió el acercamiento y contacto con animales, durante el plazo de la condena y hasta tanto tenga el alta terapéutica del proceso antes mencionado, como así también el cumplimiento del curso indicado.

Como fiscal se desempeñó Javier Sánchez Serantes, mientras que la querella estuvo representada por la abogada Andrea Szecsi, del Instituto de Derecho Animal del Colegio de Abogados y Procuradores de Jujuy, mientras la defensa técnica fue ejercida por el defensor público penal Roberto Savio.

Explicaron los voceros oficiales que el juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento previsto en el artículo 411 del Código Procesal Penal de la Provincia, donde la jueza María Laura Flores hizo lugar al acuerdo alcanzado entre el Sánchez Serantes y el acusado asistido por su abogado defensor.

Cabe recordar que Jujuy fue la primera provincia del país en tener un Tribunal con competencia específica en materia ambiental, por efecto de la ley nº 5.899 de “Creación del Fuero Ambiental y de las Fiscalías Ambientales de la Provincia de Jujuy” que fuera sancionada por la Legislatura de la Provincia de Jujuy el 17 de diciembre de 2015.